Respuesta corta
Sí. En Andorra la Llei 15/2022 de arrendaments de finques urbanes obliga a las dos partes de un alquiler a tener una póliza vigente. El arrendador debe cubrir los daños que puedan sufrir el inquilino y terceros; el inquilino, los daños al arrendador y a terceros. Cada uno puede exigir al otro la póliza o un certificado de vigencia.
Datos clave
- El arrendador debe tener una póliza que cubra los daños al arrendatario y a terceros (art. 25.5)
- Fuente: Llei 15/2022
- El arrendatario debe tener una póliza que cubra los daños al arrendador y a terceros (art. 26.7)
- Fuente: Llei 15/2022
- La fianza de una vivienda habitual es de dos mensualidades como máximo (art. 14)
- Fuente: Llei 15/2022
- La acción para reclamar la fianza prescribe a los tres años de acabar el contrato (art. 14)
- Fuente: Llei 15/2022
- Desde el 1 de enero de 2027 los contratos de alquiler se registran en el SICAR
- Fuente: Llei 11/2026
Sí. En Andorra la Llei 15/2022 de arrendaments de finques urbanes obliga a las dos partes de un alquiler a tener una póliza vigente. El arrendador debe cubrir los daños que puedan sufrir el inquilino y terceros; el inquilino, los daños al arrendador y a terceros. Cada uno puede exigir al otro la póliza o un certificado de vigencia.
Esta página va solo del alquiler. Si buscas qué cubre una póliza de hogar en general, mira la guía del seguro de hogar en Andorra.
Quién asegura qué en un piso de alquiler
| Qué | Quién lo asegura | Por qué |
|---|---|---|
| Continente: estructura, fachada, cubierta, instalaciones generales | Propietario | Las reparaciones de estos elementos son suyas (art. 25.4) |
| Responsabilidad civil del propietario | Propietario | Obligatoria: daños al inquilino y a terceros (art. 25.5) |
| Responsabilidad civil del inquilino | Inquilino | Obligatoria: daños al propietario y a terceros (art. 26.7) |
| Contenido: tus muebles, ropa, aparatos | Inquilino | Nadie más los cubre; no lo exige la ley, pero es lo que pierdes en un incendio |
| Daños al piso por culpa tuya | Inquilino | Respondes de ellos salvo que pruebes que no hubo culpa (art. 26.10) |
Fuente: Llei 15/2022, consultada el 7 de octubre de 2026.
Lo que dice la ley, artículo por artículo
Si eres el propietario
- Art. 25.5: tienes que tener y mantener vigente una póliza que cubra suficientemente los daños y perjuicios que puedan sufrir el arrendatario y terceros.
- Art. 25.4: te tocan las reparaciones de estructura, cubierta, fachadas, vestíbulo, escalera, instalaciones generales y elementos comunes.
- El inquilino puede exigirte la póliza. Si no se la enseñas, puede pedir a tu aseguradora un certificado de vigencia.
Si eres el inquilino
- Art. 26.7: tienes que tener una póliza que cubra los daños al arrendador y a terceras personas. El propietario puede pedírtela igual.
- Art. 26.2 y 26.3: cuidar el piso con diligencia y pagar las pequeñas reparaciones por desgaste.
- Art. 26.6: avisar enseguida de cualquier daño que veas.
- Art. 26.8: devolver el piso como lo recibiste, salvo el desgaste normal. Si el contrato no dice en qué estado estaba, se presume que estaba bien.
- Art. 26.11: pedir permiso por escrito antes de cualquier obra.
Fianza y seguro no son lo mismo
| Fianza | Seguro de responsabilidad civil | |
|---|---|---|
| Importe | Dos mensualidades como máximo en vivienda habitual | Lo que diga la póliza |
| Qué cubre | Cumplir el contrato y daños al piso | Daños a terceros y a la otra parte |
| Quién la guarda | El propietario, el intermediario o su representante | La aseguradora paga el siniestro |
| Cuándo vuelve | Al devolver las llaves, salvo descuento justificado con documentos | No vuelve: es una prima |
| Plazo para reclamar | Tres años desde que acaba el contrato | Según la póliza |
La fianza puede sustituirse por un aval bancario u otra garantía que acepte el propietario, y sus rendimientos no se pueden usar para pagar reparaciones (art. 14). Fuente: Llei 15/2022, consultada el 7 de octubre de 2026.
Lo que conviene revisar antes de firmar
- Que el contrato describa el estado del piso, mejor con fotos. Te protege al devolverlo.
- Pedir al propietario su póliza o el certificado de vigencia.
- Contratar tu póliza de inquilino con responsabilidad civil y, si quieres, contenido. Comprueba que la aseguradora está autorizada en el registro de aseguradoras de Andorra.
- Leer qué daños por agua cubre tu póliza: son el siniestro típico entre vecinos.
- Guardar el justificante de la fianza.
Si acabas de llegar al país y es tu primer alquiler, la guía para recién llegados a Andorra te ayuda con el resto de trámites.
Lo que cambia en 2027
La Llei 11/2026, del 4 de juny, entra en vigor el 1 de enero de 2027. Crea el SICAR, un registro de contratos de alquiler del ministerio de vivienda, y no facilitar el contrato pasa a ser una infracción leve. No cambia la obligación de seguro: los artículos 25.5 y 26.7 siguen igual. Fuente: Llei 11/2026, consultada el 7 de octubre de 2026.
¿Dudas con tu contrato o con qué póliza te piden? Cuéntanos tu caso y te orientamos. Si una palabra de la póliza no te suena, búscala en el glosario de seguros.
Preguntas frecuentes
Vivo de alquiler en Andorra, ¿tengo que tener seguro?
Sí. El artículo 26.7 de la Llei 15/2022 obliga al inquilino a tener una póliza que cubra los daños que pueda causar al propietario y a terceros, por ejemplo una fuga de agua que moja al vecino de abajo.
¿El seguro del propietario no me cubre a mí?
No cubre tus muebles ni los daños que causes tú. La póliza del propietario protege el edificio y su responsabilidad; la tuya, tu contenido y tu responsabilidad como inquilino.
¿Puedo pedir al propietario que me enseñe su seguro?
Sí. La ley te deja exigirle la póliza y, si no te la enseña, pedir a la aseguradora un certificado de que está vigente mientras dure el contrato. Él puede pedirte lo mismo a ti.
¿La fianza sustituye al seguro?
No. La fianza, de dos mensualidades como máximo en vivienda habitual, garantiza que cumples el contrato y cubre daños al piso. El seguro cubre daños a terceros que la fianza nunca alcanzaría.
¿Quién paga el seguro, el inquilino o el propietario?
Cada uno paga el suyo. El artículo 22 de la ley pone a cargo del inquilino los suministros de consumo individual, y el seguro no está en esa lista.
Cómo hemos comprobado esta guía
Revisada el 7 de octubre de 2026. Cada cifra de esta página se ha contrastado con las 2 fuentes oficiales que enlazamos abajo, leídas en su versión vigente. Si una norma cambia, corregimos la página y cambiamos esta fecha. Cómo lo verificamos.
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